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Tribunal costarricense rechaza extradición solicitada por Nicaragua de opositor Pedro Fernández

Tribunal en Costa Rica rechazó la extradición solicitada por Nicaragua contra un ciudadano nicaragüense

Febrero 09, 2026 07:22 PM
Tribunal costarricense rechaza extradición solicitada por Nicaragua de opositor Pedro Fernández

El Tribunal de Apelación de la Sentencia Penal (TAS) del Segundo Circuito Judicial de San José revocó la orden de extradición solicitada por el Estado de Nicaragua contra un ciudadano nicaragüense Pedro Fernández y dispuso que el caso sea conocido por la jurisdicción penal costarricense, bajo el principio de justicia supletoria.

La resolución quedó contenida en el voto 2026-0213, emitido a las 13:09 horas del 9 de febrero de 2026, tras acoger parcialmente un recurso de apelación presentado por la defensa técnica del encartado.

Con este fallo, el Tribunal revocó la resolución 0768-2025, dictada el 8 de setiembre de 2025 por el Tribunal Penal del Primer Circuito Judicial de San José, que había autorizado la extradición de Fernández al país requirente.

En su lugar, el TAS resolvió rechazar la solicitud de extradición formulada por el Estado de Nicaragua, al considerar superada la etapa de admisibilidad del proceso y activar lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley de Extradición.

Detención provisional y apertura de causa en Costa Rica

Aunque el Tribunal ordenó el cese de la detención provisional vinculada a la solicitud de extradición, no dispuso la libertad inmediata del encartado. Conforme al artículo 37 de la Constitución Política, Fernández fue puesto a la orden del Ministerio Público por un plazo de 24 horas, para que se valore su persecución penal en territorio costarricense.

El objetivo es abrir una causa judicial nacional por los delitos investigados de homicidio calificado, aplicando el principio de justicia supletoria, que permite a Costa Rica juzgar hechos graves cuando la extradición es rechazada.

El Tribunal también instruyó que, para el traslado de las pruebas de cargo recopiladas por Nicaragua, se recurra al Tratado de Asistencia Legal Mutua en Asuntos Penales, suscrito en 1993 entre Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua y Panamá, vigente mediante la ley 7696.

Para estos efectos, la resolución fue comunicada a la Fiscalía General de la República, que deberá coordinar las diligencias correspondientes.

Habeas corpus sigue en trámite

Asimismo, el TAS ordenó informar a la Sala Constitucional sobre el resultado de estas diligencias, debido a que permanece pendiente un recurso de habeas corpus (expediente 25-030736-0007-CO) presentado a favor del encartado.

Este fallo se da en un contexto regional marcado por cuestionamientos a solicitudes de extradición provenientes de Nicaragua, especialmente cuando existen riesgos sobre garantías judiciales, debido proceso y uso político del sistema penal.

Desde una perspectiva de gobernanza judicial, la resolución refuerza el principio de soberanía jurisdiccional, el respeto al debido proceso y el uso de los mecanismos tradicionales de cooperación penal internacional, sin convertir la extradición en una vía automática.

En la ultima resolución aprobada por aclamación, el Consejo Permanente de la OEA, recordó la denuncia del Grupo de Expertos de Derechos Humanos en la que indica que Nicaragua abusa de las notas rojas de INTERPOL y solicitudes de extradición cuando se trata de personas opositoras.

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