Jueza de EEUU blinda el programa para migrantes de Venezuela, Cuba, Nicaragua y Haití
Una jueza federal bloquea el intento de Trump de cancelar el parole humanitario para más de 500,000 migrantes de Venezuela, Cuba, Nicaragua y Haití. La decisión garantiza que su estatus legal se mantenga hasta que expire
Una jueza federal de Estados Unidos frenó el intento de la Administración de Donald Trump de poner fin al programa migratorio conocido como 'parole humanitario' que protege a cerca de 530.000 venezolanos, cubanos, nicaragüenses y haitianos de su deportación.
La jueza Indira Talwani, de Massachussetts, anuló la orden de Trump de revocar el próximo 24 de abril el beneficio migratorio que fue instaurado por el anterior Gobierno de Joe Biden (2021-2025).
La magistrada, nominada por el expresidente Barack Obama, especificó que la Administración debe respetar la fecha de vencimiento de ese beneficio migratorio, que se entregó por un período de dos años, y que no puede eliminarlo de forma anticipada sin una revisión caso por caso.
Este es un nuevo varapalo judicial a los intentos del Gobierno de Trump dar un giro radical a la política migratoria del país.
Al anunciar la revocación del 'parole', el Departamento de Seguridad Nacional (DHS), dirigido por la secretaria Kristi Noem, apuntó que este "no aporta un beneficio público significativo y no ha sido necesario para reducir los niveles de inmigración ilegal".
El Gobierno de Biden instauró el 'parole humanitario' en 2022 para venezolanos, y en 2023 lo extendió a cubanos, nicaragüenses y haitianos, en un intento de ampliar las vías legales para migrar a Estados Unidos y reducir los cruces fronterizos irregulares.
Ese programa migratorio, conocido como CHNV por las siglas de los países, permite a sus beneficiarios residir y trabajar temporalmente en el país, tras ser avalados por un patrocinador con residencia legal en Estados Unidos.
En octubre de 2024, antes de las elecciones presidenciales, la Administración de Biden anunció que no renovaría el 'parole', lo que significaba que los beneficiarios no podían extender su estatus legal más allá de los dos años iniciales. EFE
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