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¿Quién es el misterioso nicaragüense que recibió una concesión minera del régimen?

La expansión de las concesiones mineras en Nicaragua continúa. La Procuraduría General de Justicia autorizó un nuevo proyecto de exploración y explotación de minerales en los departamentos de Managua y Carazo, mediante un título de concesión con una vigencia de 25 años que otorga amplios derechos a una empresa privada sobre un área de más de 444 hectáreas

Julio 02, 2026 09:55 AM
¿Quién es el misterioso nicaragüense que recibió una concesión minera del régimen?

La Procuraduría General de Justicia (PGJ), a través de la Dirección General de Minas, otorgó una nueva concesión minera a favor de la empresa B y B Inversiones, Sociedad Anónima, para desarrollar actividades de exploración y explotación de minerales en un área de 444.37 hectáreas ubicada entre los municipios de San Rafael del Sur, departamento de Managua, y San Marcos, departamento de Carazo. 

La autorización quedó establecida en el Título de Concesión Minera No. 052-PGJ-DGM-2026, emitido el 15 de mayo de 2026, luego de que la empresa presentara su solicitud el 6 de noviembre de 2025 y completara el proceso técnico, legal y catastral exigido por la Ley Especial sobre Exploración y Explotación de Minas y su reglamento. 

Inicialmente, la empresa solicitó una concesión sobre 500 hectáreas bajo el lote denominado "Las Tinajas". Sin embargo, durante el análisis catastral las autoridades detectaron un traslape parcial de 55.63 hectáreas con otra concesión minera previamente otorgada, por lo que el polígono fue modificado, quedando disponible una superficie definitiva de 444.37 hectáreas. 

Según la resolución, la Procuraduría concluyó que la empresa cumplió con todos los requisitos técnicos, legales, financieros y administrativos para desarrollar el proyecto minero. Asimismo, señala que la Procuraduría para las Municipalidades emitió opinión favorable respecto al otorgamiento de la concesión en ambos municipios. 

Concesión tendrá vigencia de 25 años

El título concede a B y B Inversiones el derecho exclusivo para realizar labores de exploración, explotación y establecimiento de plantas de beneficio dentro del área autorizada durante un período de 25 años. La concesión constituye un derecho real inmobiliario independiente de la propiedad del terreno, por lo que puede ser cedida, arrendada, dividida o fusionada, previa autorización de la Dirección General de Minas. 

El documento establece que la empresa deberá iniciar actividades de exploración en un plazo máximo de cuatro años, prorrogable por un año adicional. Antes de comenzar cualquier operación estará obligada a presentar el correspondiente permiso ambiental emitido por la autoridad competente. 

Regalías y obligaciones para el concesionario

Entre las principales obligaciones establecidas en el título figura el pago de derechos de vigencia o superficiales, cuyo monto aumenta progresivamente conforme transcurren los años de la concesión. También deberá cancelar una regalía equivalente al 3 % del valor de las sustancias minerales extraídas y presentar informes mensuales sobre la producción para calcular ese pago. 

Además, la empresa deberá suministrar información periódica sobre sus actividades, facilitar inspecciones oficiales, cumplir las normas de seguridad laboral y protección ambiental, inscribir el título en el Registro Público de la Propiedad y publicarlo en La Gaceta, Diario Oficial. 

La resolución también obliga al concesionario a negociar con los propietarios de los terrenos antes de ocuparlos y acordar las indemnizaciones correspondientes cuando sea necesario utilizar propiedades privadas para desarrollar trabajos mineros. 

Minería artesanal

Uno de los aspectos contemplados en el título es la obligación de permitir el acceso a quienes ya ejercen minería artesanal dentro del área concesionada durante la etapa de exploración, conforme a lo establecido en la Ley 387. Asimismo, la empresa deberá presentar en un plazo de seis meses un informe detallado sobre los mineros artesanales ubicados dentro del lote, incluyendo su ubicación, métodos de trabajo y capacidad de explotación. 

La resolución también prohíbe realizar trabajos mineros a menos de cien metros de pueblos, edificios religiosos, carreteras, acueductos, oleoductos y otras obras de utilidad pública sin autorización expresa de la Dirección General de Minas

La Procuraduría advirtió que el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en el título o en la legislación minera vigente podrá ser causal de cancelación de la concesión. Asimismo, precisó que el documento surtirá plenos efectos una vez que la empresa acepte formalmente sus condiciones, publique la certificación en La Gaceta e inscriba el título en el Registro Público de la Propiedad correspondiente. 

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